Agenda de Registro

 

CNTC-CHILE ANUNCIA PRÓXIMA FECHA DE SESIÓN DE REGISTRO PARA NUEVOS EJEMPLARES, ADULTOS Y CACHORROS

 
Próximas Sesiones de Registro:

Sábado 03 de MARZO de 2012, de 10:30 a 12:O0 horas. Lugar: El Hualle Norte 8037, Lo Cañas, LA FLORIDA
Subsiguiente: ABRIL, por confirmar día y hora.

 
 

Fono contacto: 8487233.
Informaciones en info@terrierchileno.com

Para ejemplares del sur de nuestro país el correo de contacto es crianza_sur@terrierchileno.com

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Reglamentos de Crianza

REGLAMENTO DE CRIA DEL CLUB NACIONAL DEL TERRIER CHILENO- CNTC-CHILE 

 

Introducción
 
El Club Nacional del Terrier Chileno es la primera y única entidad nacional en el mundo que rige los destinos de la raza Terrier Chileno.


Creado en 2007 es uno de los Clubes Caninos emergentes más importantes y con mayor actividad de nuestro país. Controla la crianza de la Raza y reúne a los criadores de todo el país. Tiene como objeto "la difusión y mejoramiento de la Raza Terrier Chileno". 
 

Fomenta la crianza y la actividad deportiva, tanto en Exposiciones de Estructura como en Exámenes y Concursos de Adiestramiento. El CNTC-CHILE es un Club Nacional responsable de llevar los registros de la que pretende ser la primera raza de perros de Chile de reconocimiento internacional.
 

Los Criadores, expositores, propietarios de un Terrier Chileno encontrarán en el CNTC-CHILE el lugar ideal para desarrollar su actividad con seriedad técnica acompañada de una sana e interesante competencia deportiva

 

El CNTC-CHILE emite sus propios certificados de origen o de pureza que comúnmente denominamos "pedigríes", emitidos con 4 generaciones registradas en el club. Esto representa un anhelo largamente buscado. Guarda un valor técnico en su contenido que permite, al criador, analizar la conveniencia de las cruzas con el objeto de obtener la mejor combinación de líneas de sangres posibles. Es un documento muy completo en el constan todos los datos de filiación del ejemplar y sus antepasados, logros en exposiciones de estructura y belleza como de adiestramiento y trabajo que obtuvo, como así también su número de Microchip en caso que se trate de un ejemplar recomendado por el CNTC-CHILE.

 

Todo Socio- Criador del CNTC- CHILE está obligado a:
 


1. Criar con miras al mejoramiento de la Raza Terrier Chileno, según su estándar y función.

2. Registrar todas las lechigadas en el Registro Genealógico del CNTC-CHILE.

3. No deberá utilizar para la reproducción ejemplares que no posean la tipicidad que corresponda a la Raza Terrier Chileno; monorquideos o criptorquideos; prognáticos o enognáticos.

4. Registrar todos los ejemplares nacidos en una misma lechigada, cualquiera sea el número de ellos.

5. Comunicar al CNTC-CHILE los cambios de domicilio y toda información que se considere de interés.

6. Comunicar la muerte de todo ejemplar por escrito dentro de los 30 (treinta) días de producido el hecho a fin de darle de baja en el Registro Genealógico como padrillo o matriz.

7. Disponer de un lugar apropiado en lo referente a higiene, salubridad y espacio suficiente de acuerdo al tamaño y funciones de la Raza Terrier Chileno.

8. Las hembras podrán ser servidas después de los quince (15) meses de edad, siendo aconsejado por el CNTC-CHILE como edad mínima los dieciocho (18) meses y antes de los diez (10) años, pudiendo ser servidas hasta dos veces consecutivas.

9. Los machos podrán realizar servicios después de los doce (12) meses de edad y antes de los ocho (8) años de edad. Los machos recomendados como reproductores por el club podrán realizar hasta doce (12) servicios por año. Para machos no recomendados solo podrán ser utilizados por una única vez hasta el momento en que el propietario decida presentarlo a una sesión de “Apto de Cría” y la comisión evalúe su calidad como representante de la raza, instancia en la que se definirá el número de cruces por año que podrá tener dicho ejemplar.

10. La Comisión de crianza del CNTC-CHILE podrá autorizar en casos excepcionales, servicios que no se encuadren en los límites máximos mencionados. Las excepciones deben ser fundadas por escrito.

11. Los cachorros deberán permanecer con la madre por un mínimo de cincuenta (50) días.

12. Los criadores, en el momento de la inscripción, podrán solicitar que en el certificado de origen de uno o más perros de una lechigada de su propiedad que registren, figure la leyenda "no apto para criar" cuando a su juicio el perro posea defectos que produzcan falta de tipicidad conforme al estándar y/ o defectos descalificatorios cuya introducción o reproducción perjudiquen a la Raza Terrier Chileno.

13. Está prohibido ofrecer o vender "sin pedigrí" a cachorros inscriptos en el Registro Genealógico del CNTC-CHILE.

14. Un criadero inscripto en el Club Nacional del Terrier Chileno no puede dedicarse a la venta de perros sin pedigrí. 

15. Efectuar publicidad veraz, digna y sin deslealtad hacia los criadores.

16. Será considerada falta grave falsear la fecha del Servicio o de Nacimiento de los cachorros; falsear el nombre de los reproductores y falsear la cantidad de cachorros nacidos.

17. El CNTC-CHILE es ajeno a las transacciones entre criadores y/ o propietarios de perros. No intervendrá en ellas ni aún en caso de conflictos entre las partes, salvo que se comprobase la violación a sus Estatutos o Reglamentos. Las denuncias que se formulen deberán ser presentadas por escrito, acompañadas de la prueba documental.

 

Inspección de Cría
 
El CNTC-CHILE podrá inspeccionar cualquier criadero en cualquier época de año y principalmente a partir del momento del servicio, para lo cual es obligatorio indicar en la "denuncia de cruce" el lugar donde se encuentra la hembra como así también todo cambio de domicilio. Todos los ejemplares que se encuentran en el criadero deberán contar con su correspondiente pedigrí, recordándose la prohibición de tener perras preñadas o con cría sin pedigrí. 


La principal función de los inspectores será la de asesorar y establecer un nexo permanente entre los criadores y la Comisión de Crianza, buscando beneficiar la crianza, teniendo en cuenta la gran cantidad de criadores que crían por primera vez. Es intención agotar todos los medios para brindar la mayor colaboración a los señores Criadores, pero al mismo tiempo se deja expresa constancia que el CNTC-CHILE será inflexible en el resguardo de la pureza del Registro Genealógico. La inspección consistirá en:

1. Verificar si el número, sexo y color coincide con lo declarado en la Denuncia correspondiente.
2. Determinar si el hábitat de la madre con sus cachorros es adecuado para una crianza racional.
3. Observar el estado sanitario de la perra y camada.

 

El inspector solamente elevará el informe correspondiente a la Comisión de Crianza la cual dispondrá en consecuencia si debe aceptar la lechigada, realizar observaciones, advertir al criador de llevar a cabo las correcciones que correspondan o directamente decidir la no inscripción definitiva de los cachorros.

 

Sistema de Identificación "Microchip" 
 
El CNTC-CHILE en su búsqueda por el continuo mejoramiento técnico y de los mecanismos de control que garanticen una todavía más correcta confección del Registro genealógico incorporará el "Microchip" como sistema de identificación. 


Con la convicción que con la puesta en práctica del mismo, y luego de un lógico período de adaptación y perfeccionamiento del sistema, el CNTC-CHILE podrá hacer realidad un sueño largamente anhelado: "controlar en rigor todos los cachorros registrados".


El CNTC-CHILE tiene la certeza que haciendo una amplia difusión de la técnica y de los fines que se persiguen contaremos con un inmediato apoyo de los criadores, lo que ayudará a superar las previsibles dificultades que con seguridad se presentarán en el periodo inicial.


También sabemos que éste es prácticamente uno de los últimos grandes pasos que faltaba dar para colocarnos, desde el punto de vista de los mecanismos técnicos de control, a la altura de los principales clubes especialistas a nivel mundial.

La identificación por Microchips no será obligatoria. Esta etapa voluntaria, durará hasta el 31 de diciembre de 2009, por lo que a partir del 01 de enero de 2010 será obligatoria buscando tener a todos los ejemplares registrados bajo control. Así mismo, en la medida que sea posible, el sistema se hará extensivo paulatinamente en regiones. El CNTC-CHILE designará técnicos profesionales capacitados para colocar los Microchips.


Los Criadores de la Región Metropolitana que así lo deseen podrán solicitar, la colocación del "Microchip" en sus cachorros según las siguientes normas que aceptarán y se comprometerán a cumplir en el momento de efectuarse su "Solicitud de Identificación":

 

  • Solicitar el sistema de identificación en la secretaría del CNTC-CHILE una vez nacidos los cachorros y si es posible antes de los 30 días de edad. Deberá completar un formulario de "Solicitud de Identificación" creado para tal fin y abonar en ese momento el arancel de colocación de los Microchips.
  • El técnico designado por el CNTC-CHILE pasará por el domicilio declarado para aplicar los "Microchips" entre los 30 a 45 días de nacidos. De esta forma no se producirá ninguna demora en la entrega de los cachorros a sus nuevos propietarios.
  • El criador deberá comprometerse a no retirar del criadero a ningún cachorro hasta después de realizar la identificación. Las lechigadas no podrán ser identificadas parcialmente.
  • Colocar en la "Solicitud de Identificación" los horarios lo más amplios posibles para recibir al técnico y ayudarlo en el manejo de los cachorros de forma tal que pueda realizar su tarea con corrección. El técnico es un Profesional Veterinario que el CNTC-CHILE contratará para que identifique a los cachorros. Para esto, deberá dejar algún teléfono donde se lo pueda localizar.
  • En caso que surja durante ese tiempo algún inconveniente (cambio de la dirección en que se encuentran los cachorros, alguna enfermedad que impida la aplicación de los Microchips, etc.) deberá comunicarse con la secretaría del CNTC-CHILE a la brevedad posible.
  • Deberá recordar que para el día 40 tendrá que haber pensado en los nombres de los cachorros, porque en el momento de la identificación se llenará un formulario que relacionará el nombre de los perros con el número del Microchip.
  • El técnico dejará una constancia para el archivo personal del criador con el nombre de los cachorros, número del Microchip, sexo, color y la identificación provisoria que le permitirá reconocer a cada cachorro.
  • Deberá aceptar y entender que la identificación de los cachorros no significa una Inspección de Cría, la cual podrá o no realizarse. 

 

Para el registro de lechigadas de regiones el procedimiento es el siguiente:
 
1. Realizar el trámite de registro entre los 45 y los 60 días a partir de la fecha de nacimiento de los cachorros.
2. Detallar nombre y fecha de nacimiento de ambos progenitores.
3. Enviar fotografía de cuerpo completo del padre y de la madre de los cachorros en postura que permita ver claramente cuerpo, cabeza y distribución de colores.
4. Fotografía de la madre junto a la lechigada completa.
5. Fotografía de cuerpo completo de cada uno de los cachorros que integran la lechigada, escribiendo al reverso de la misma el nombre del ejemplar en cuestión.
6. Adjuntar certificado de Médico Veterinario que acredite el buen estado sanitario de la madre y de sus cachorros.

 

El envío de toda la documentación deberá remitirse a Comisión de Crianza CNTC-CHILE, con dirección en El Hualle Norte 8037, Lo Cañas, La Florida, Santiago. Dicha comisión resolverá y enviará los certificados de registro en los 20 días hábiles posteriores al envío de la documentación adjuntada por el criador.


Cabe mencionar que todo propietario de un ejemplar adulto que desee identificarlo con un Microchip podrá solicitarlo en la Secretaría del CNTC-CHILE. Nota: Cualquier trasgresión al presente Reglamento será penado desde el apercibimiento hasta la suspensión parcial o de por vida para criar.


Es obligación de todo socio del CNTC-CHILE colaborar en la difusión del Reglamento de Cría a fin de lograr un estricto control de la reproducción que contribuya a la mejora de la Raza y a la definitiva erradicación de los criadores inescrupulosos.

 

Los criadores son los principales consejeros de los adquirientes de perros, ya que la verdadera fuerza gracias a la cual nuestra primera raza nacional podrá consolidarse y reconocerse en todo el mundo, está basada en aquellos criadores, cuya buena fe indudable, sostiene resueltamente el principio de la pureza u origen de nuestros Terriers Chilenos. 

 

 

Ranking

RANKING 2011 DEL CNTC-CHILE

Ránking 2011

También se encuentran disponibles los resultados de los diferentes rankings anuales CNTC-CHILE

Ránking 2010
Ránking 2009

Multimedia

 



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